Se reducirá la jornada laboral en dos horas:
En Badajoz , durante los días: 17, 20, 21, 22 y 23 de Junio.
En Mérida : 31 de Agosto, 1, 5, 6 y 7 de Septiembre.
En Zafra: 28, 29 y 30 de Septiembre, 3 y 5 de Octubre.
En Don Benito: 2, 5, 6, 7, y 8 de Septiembre.
En Llerena: 16, 19, 20, 21 y 22 de Septiembre.
En Castuera: 2, 5, 6, 7 y 9 de Septiembre.
- La reducción de la jornada se disfrutará bien al inicio o al final de la jornada laboral, previo acuerdo con el responsable de la Unidad, asegurando, en todo caso, que no se menoscabe o perturbe el normal desarrollo de la actividad de la Empresa.
- En aquellos casos en que por las necesidades del servicio no pudiesen disfrutar dicha reducción, a los empleados afectados se les compensará con un descanso global equivalente en otras fechas. Asimismo se le acreditará la compensación equivalente al personal que se halle disfrutando de descanso semanal o compensación por festivo. No se les acreditará a los empleados que durante las fechas citadas, se hallen de I.T. vacaciones, permiso con sueldo o sin sueldo, asuntos propios, adicionales de vacaciones, dias acumulados de libranzas, etc.
- Los empleados que trabajen en jormadas reducidas tendrán una reducción proporcional a sus horas de trabajo.